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El capítulo presente incluye información general sobre aspectos importantes que tienen repercusiones legales, y que tienen lugar en el servicio de urgencias, consentimiento informado, tratamiento de menores, intimidad y confidencialidad, Emergency Medical Treatment and Active Labor Act (EMTALA), identificación de factores de riesgo, actas de defunción, recién nacidos abandonados en el servicio de urgencias, servicios de traducción, obligaciones con terceras partes, orientación telefónica y extensión de las atenciones fuera del servicio de urgencias.
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CONSENTIMIENTO INFORMADO
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En esta sección se aborda el concepto de consentimiento informado, capacidad, excepciones y el rechazo informado de la atención.
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Los médicos deben actuar en pro de los mejores intereses de sus pacientes, sin perder su autonomía, en la medida de lo posible.5 El Código de Ética7 del American College of Emergency Physicians reconoce esta obligación doble al señalar que los médicos del servicio de urgencias deben: “salvaguardar los intereses de sus pacientes, para lo cual administrarán tratamiento y evitarán enfermedades o lesiones e informarán a los pacientes de su situación clínica, y también actuarán en pro de los mejores intereses de sus enfermos”. El código de ética sigue en este tenor: “Los pacientes adultos con capacidad de decisión propia tienen el derecho, y los médicos el deber concomitante de respetarlo, de expresar sus preferencias respecto de sus cuidados y atención médica, derecho que se basa en la doctrina legal del consentimiento informado”. Los conceptos de capacidad del paciente y consentimiento informado y sus excepciones deben ser parte de la práctica diaria en el servicio de urgencias.
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ELEMENTOS BÁSICOS DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
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La mayoría de los pacientes que llega al servicio de urgencias firma una hoja de consentimiento informado respecto del tratamiento. En general, se entiende que el consentimiento informado abarca anamnesis, exploraciones habituales y procedimientos básicos como punción venosa y estudios de sangre. Los formatos de consentimiento generales no se ocupan del consentimiento respecto de métodos más detallados, peligrosos o con penetración corporal.5,8
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Para el consentimiento informado es necesario cumplir dos condiciones: que el paciente tenga capacidad de decisión y que pueda tomar una decisión voluntaria exenta de influencias indebidas. El proceso de consentimiento informado comienza con el suministro de información al paciente por parte del personal encargado de tal tarea. Después de ello, el paciente será el responsable de decidir y autorizar el procedimiento o tratamiento.4 Se abordará de manera individual cada uno de los elementos de este proceso.
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Capacidad del paciente La capacidad de decisión (que en adelante se denominará sólo con el término “capacidad”) es la ...