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Se ha prestado mucha atención a la importancia de tomar decisiones de cuidado al final de la vida (EOL, end-of-life) antes de que la persona se encuentre en una situación de crisis. Algunos adultos mayores, sin embargo, son ambivalentes acerca de lo que quieren al final de la vida y pueden cambiar de opinión sobre las opciones de tratamiento cuando están realmente amenazados por una enfermedad que puede causar la muerte. Una opción que permite una atención de apoyo EOL realista sin rescatar todos los esfuerzos de tratamiento es la atención paliativa. Los cuidados paliativos se centran en el tratamiento de los síntomas y el alivio del sufrimiento y la mejora de la calidad de vida de las personas en lugar de centrarse en la curación y el alargamiento de la vida. Se evita la indicación de pruebas innecesarias y potencialmente dañinas, y la atención se centra en la comodidad. Los cuidados paliativos son una filosofía de cuidado que se brinda simultáneamente con cualquier otra gestión médica adecuada para el paciente.
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El hospicio difiere de los cuidados paliativos. El hospicio es un sistema de atención integral para pacientes con una esperanza de vida limitada que viven en el hogar o en entornos institucionales. Es un beneficio de Medicare que se estableció en 1982. Para ser elegible para un hospicio, el paciente debe tener la Parte A de Medicare y dos médicos deben determinar que el paciente tiene 6 meses o menos para vivir si la enfermedad sigue su curso normal. Durante el primer periodo de cuidado de 90 días, el médico de atención primaria y el director médico de hospicio/clínico de hospicio deben certificar una enfermedad terminal. Para los periodos de certificación subsiguientes, sólo se requiere que el director médico de hospicio/clínico de hospicio certifique el pronóstico terminal, a menos que se especifique lo contrario en las normas estatales sobre cuidados paliativos. El médico debe incluir una breve explicación narrativa de los hallazgos clínicos que respaldan una esperanza de vida de 6 meses o menos como una parte o una adición de los formularios de certificación y recertificación. Se requiere un encuentro cara a cara para los pacientes que ingresan a la tercera recertificación del periodo de beneficios (a los 180 días) y cada periodo de beneficio posterior. Los servicios provistos a través del hospicio se muestran en la tabla 18-1. También incluyen la cobertura de los suministros necesarios, como un inodoro o medicamentos de cabecera.
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