Skip to Main Content

INTRODUCCIÓN

El Tribunal Internacional de Nuremberg emitió, en 1946, el código ético del mismo nombre, por el cual se dota a la humanidad de una normativa sustentada en valores; rige y establece límites a la investigación y experimentación médica con seres humanos; no limita el avance científico ni el trabajo de los investigadores, sino que los fomenta y, al mismo tiempo, los mantiene dentro de límites bien definidos, da un lugar especial al consentimiento informado y a la libertad de elección de cada persona para participar, o no, en algún experimento, estableciendo las reglas acerca de los riesgos y la utilidad de las investigaciones.

En este sentido, es un hecho universalmente conocido que, derivado de los conocimientos científicos y tecnológicos surgidos del desarrollo de la medicina y la biología, el ser humano ha sido capaz de modificar genética, física, neurológica e inmunológicamente las características de los organismos vivos, y que el conocimiento generado y acumulado le ha permitido obtener, a través de experimentos genéticos, farmacológicos, bioquímicos, fisiológicos, anatómicos, físicos, neurológicos, psicológicos, entre otros, en animales, plantas y el ser humano mismo, una mayor “calidad de vida”, “calidad alimenticia”, resistencia a plagas y sequías y muchas otras cualidades que han hecho posible la generación de más alimentos y de “mejor calidad” (no siempre). También, gracias al desarrollo de la ciencia, se ha logrado explicar la estructura molecular de los genes y los mecanismos de duplicación y transmisión de los caracteres hereditarios, la modificación de la expresión de las proteínas y la manipulación de los genes, y se ha hecho posible la creación de embriones de mamíferos a través de la clonación.

Todo ello lleva, e incluso obliga, a analizar estos acontecimientos desde varios puntos de vista: el científico, el tecnológico, el sociológico, el filosófico, el de la responsabilidad profesional y sus implicaciones jurídicas; porque este análisis permite aportar datos para legislar y para conducir la investigación científica en este terreno hacia el beneficio del ser humano, en un contexto de respeto a los derechos y dignidad de la vida.

Un ejemplo que es interesante señalar, por ser un parteaguas en la medicina del siglo xx, es el Proyecto genoma humano (PGU), el desciframiento del mapa del genoma humano que ha sido posible por la conjunción de esfuerzos y recursos de varios países; idea propuesta por Robert Sinshimer (1985), y posteriormente retomada por los institutos nacionales de salud de Estados Unidos denominándolo HUGO (Human Genome Organization, 1990). El PGU constituye una iniciativa sin precedentes por parte de la comunidad científica: por primera vez plantea entre sus objetivos explícitos, al análisis del proyecto técnico-científico las cuestiones y dilemas sociales que una nueva tecnología puede suscitar, y considera la participación de científicos, filósofos, juristas, responsables sociales, líderes religiosos, etc. Aunque el hecho de conocer el mapa del genoma no representa dilema ético o responsabilidad alguna, los problemas surgen al entrar al terreno del uso y las aplicaciones ...

Pop-up div Successfully Displayed

This div only appears when the trigger link is hovered over. Otherwise it is hidden from view.